Buenas Tardes Vecinos del Conjunto Marsella,
En la asamblea realizada en el pasado mes de marzo del 2022, se estableció una cuota extraordinaria para hacer la adecuación del ingreso a las terrazas de las torres y así garantizar la seguridad a las personas que realizan la revisión de los contadores del gas, y tengamos un cobro justo y no por promedio.
Pero debido a que Vanti nos envió un comunicado indicándonos que debíamos hacer esta adecuación antes de septiembre, se tuvo que hacer un cambio de planes y por ende un cambio en la ejecución de los rubros establecidos con el valor de la cuota que fue de 112mil pesos.
Se realizaron dos cotizaciones para estas adecuaciones y así mismo Vanti realizó una revisión y cotización de la implementación. Por esta razón y dando cumplimiento a la ley de propiedad horizontal se va a realizar una asamblea extraordinaria el día 7 de agosto del 2022 a las 9am en el salón social. Cabe anotar que la asamblea va ser exclusivamente para definir el tema de los contadores de vanti.
Fecha: 7 de agosto del 2022
Hora: 9am
Lugar: Salón Social
La asistencia a la asamblea extraordinaria es de carácter obligatorio, en caso de no asistir o no enviar un apoderado, se efectuara la respectiva multa.
Estos son los valores de cada cotización:
EMPRESA | VALOR CON IVA INCLUIDO | VALOR POR APTO | OBSERVACIONES |
VANTI | $ 83.456.488 | $ 386.372 | Financiación por apartamento |
AXXIS | $ 70.686.000 | $ 327.250 | Pago del 50% al inicio del proyecto, y del 50 por cierto al final del proyecto |
A continuación adjuntamos las cotizaciones enviadas a la administración:
CONJUNTO RESIDENCIAL MARSELLA
NIT. 900701193-6
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA 2022
Bogotá 23 julio de 2022
El suscrito Administrador del Conjunto Residencial Marsella Carlos Ospina Real, se permite citar a todos los copropietarios, a la PRIMERA CONVOCATORIA a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, a realizarse el día (DOMINGO) 7 de agosto de 2022 hora 9:00 a.m., con base en las facultades estatuarias y legales consagradas en el reglamento de Propiedad Horizontal y el artículo 39 de la Ley 675 de 2.001. Asamblea que se llevará a cabo en el salón social del Conjunto Residencial Marsella
El orden del día sometido a consideración de la Asamblea Extraordinaria será:
- Verificación del Quórum
- Designación del presidente y secretaria de la Asamblea Extraordinaria
- Informe cotizaciones Gas Natural
- Votación
- Cierre asamblea
No obstante, transcurrida 1 hora sin contemplarse el quorum deliberatorio la asamblea se entenderá convocada para el miércoles 10 de agosto de 2.022 a las (8:00 p.m.), en el salón social del conjunto residencial Marsella; reunión que por ser de segunda convocatoria podrá liberar o decidir con un número plural de copropietarios cualquiera que sea el quórum que represente, lo anterior encontrándose contemplado en la ley 675 de 2001 artículo 41.
Observaciones:
- Todo propietario puede hacerse representar ante la Asamblea Extraordinaria General de Copropietarios para el ejercicio de sus derechos, a través del mandato que deberá constar por escrito e indicar la extensión de los poderes conferidos al mandatario, el nombre de este, el de la persona en quien sustituirlo y la fecha de la sesión para la cual se confiere. El poder deberá ser enviado vía correo electrónico a la dirección conjrsmarsella@hotmail.com entre el 01 y el 04 de agosto de 2022 para adelantar la validación, con el fin de enviar el link con su usuario y contraseña para el ingreso a la reunión.
Para efectos de representación ante la Asamblea de Copropietarios del Conjunto Residencial Marsella se tendrá en cuenta adicionalmente las siguientes disposiciones:
- Cuando por cualquier causa una unidad de dominio privado pertenezca a varias personas o a sucesiones liquidas, los interesados deberán designar una sola persona que ejerza los derechos correspondientes a la calidad de propietario de la respectiva unidad en las reuniones de la asamblea.
- Toda persona jurídica propietaria o representante de unidades de dominio privado, estará representada en dichas reuniones por una sola persona natural.
- No puede asistir más de un representante en nombre de una sola unidad privada.
- Una misma persona no puede representar más de cinco (5) propietarios de unidades privadas, o a un número plural de propietarios que posean más del quince (15%) de la totalidad de los coeficientes de copropiedad.
- Los miembros del consejo de administración, comité de convivencia o sus suplentes, el administrador y el revisor fiscal, no pueden ejercer la representación de terceros ante la asamblea.
- Los miembros de los organismos de administración y dirección de la copropiedad, los administradores, revisores y empleados de la propiedad horizontal, no pueden representar en las reuniones de la asamblea derechos distintos a los suyos propios mientras estén en ejercicio en sus cargos.
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